La Audiencia
Nacional ha ordenado al juez José de la Mata reabrir el caso Neymar para
procesar al delantero brasileño, a su padre, al expresidente del Barça Sandro
Rosell y al Santos (equipo del que procedía Neymar) por el supuesto engaño en
el precio del traspaso al fondo brasileño DIS, gestor del 40 % de los fondos
federativos del delantero.
La sección
cuarta de la Sala de lo Penal ha revocado hoy en un auto la decisión de De la
Mata de archivar este caso en contra del criterio de la Fiscalía y le ordena
reabrirlo para que dicte el auto de transformación de las diligencias previas
en procedimiento abreviado (equivalente al procesamiento en el sumario).
La Audiencia
Nacional ha admitido de este modo el recurso de la Fiscalía, al que se adhirió
la Federacao Das Associacoes Dos Atletas Profissionales y la empresa DIS,
contra la decisión de archivo de De la Mata, que consideró que las conductas
denunciadas -los contratos de traspaso del jugador suscritos en 2011 y 2013-,
si bien pueden tener "repercusiones deportivas, éticas y
disciplinarias", no encajan en un procedimiento penal.
Argumento
con el que discrepan los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y
Juan Francisco Martell, por lo que ordenan a De la Mata a proseguir con el
procedimiento ante la existencia de indicios de delitos de corrupción entre
particulares y estafa impropia.
La Sala ha
examinado en primer lugar dos contratos suscritos el 15 de noviembre y el 6 de
diciembre de 2011 para conocer las condiciones de transferencia del jugador y
ha concluido que hay indicios del delito de corrupción por cuanto
"mediante la firma de los contratos se alteró el libre mercado del fichaje
de futbolistas".
A través del
primer contrato el Barcelona se comprometió a pagar por el traspaso 40 millones
y a abonar a Neymar un sueldo de 36,1 millones en 5 años, todo ello para 2014,
año en el que el jugador dejaría de estar vinculado al Santos y DIS ya no
tendría los derechos.
El segundo
consistió en un falso contrato de préstamo por el que el Barça le pagaba 10
millones, pero, según considera el fiscal del caso, José Perals, se trataba en
realidad de una remuneración anticipada para garantizar el fichaje.
El tribunal
entiende que el Barça, representado por Rosell, se concertó con Neymar y con la
sociedad familiar N&N, formada al 50% por sus padres, para asegurar el
fichaje del jugador con un adelanto de 40 millones de euros, lo que, a juicio
del fiscal, alteró el mercado de fichajes porque ante una oferta mejor para el
Santos como una del Real Madrid de 36 millones, "el jugador se decantó
(...) por otra vía no permitida en el ámbito de la FIFA".
En otros
contratos suscritos en 2013 para anticipar la contratación de Neymar Jr sin
esperar a que fuera libre a partir de julio de 2014, los magistrados constatan
que, en principio, el Santos FC cedió al FC Barcelona los derechos federativos
por el precio de 17,1 millones euros, operación que fue comunicada a DIS que
percibió el 40 por ciento.
"Ahora
bien -dicen los jueces-, sobre esta premisa, tienen lugar otros contratos"
que si bien el juez De la Mata los tilda de habituales en el mundo
futbolístico, "este tribunal aprecia indicios de simulación consciente y
urdida para la comisión de estafa".
Entre ellos,
menciona el contrato para la celebración de un partido amistoso entre el FC
Barcelona y el Santos FC, de carácter gratuito, en el que expresamente se
pactaba que si el contrato no se celebraba mientras Neymar Jr. era jugador del
FC Barcelona, este club abonaría al Santos FC la "no despreciable"
cantidad de 4.500.000 euros.
"A
través de este contrato puede desprenderse, sin dificultad, de una parte, el
desconocimiento de los derechos a favor de DIS y, de otra, la vinculación de
este pacto al fichaje del jugador acabado de realizar", señalan los
magistrados, quienes añaden que, a día de hoy, las partes reconocen que este
contrato no se ha celebrado.
De la Mata
acordó archivar esta causa el pasado 8 de julio, al considerar que los
contratos de traspaso del jugador suscritos en 2011 y 2013-, si bien pueden
tener "repercusiones deportivas, éticas y disciplinarias", no encajan
en un procedimiento penal, por lo que recomendó a DIS reclamar por la vía
civil.